*Ley General de Responsabilidades Administrativas regula esa materia en
los tres órdenes de gobierno
El Congreso Local creó la Ley de Juicio Político del Estado de Colima y derogó la
Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, en virtud de la
existencia de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
A favor de la Ley de Juicio Político, el dictamen elaborado por las comisiones de
Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales y la de Responsabilidades señala
que la Constitución de la República establece en su artículo 73 que legislar en el
ámbito de responsabilidades administrativas es competencia federal.
Ante ello, el Congreso de la Unión creó la Ley General de Responsabilidades
Administrativas, cuyo decreto se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 18
de julio de 2016 y entró en vigor un año después, y al ser norma general es
aplicable a los tres órdenes de gobierno.
Por ese motivo se derogó la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores
Públicos, vigente desde el 8 de diciembre de 1984, en el ánimo de evitar futuras
confusiones con relación a los temas inherentes a las responsabilidades
administrativas.
Como consecuencia de la abrogación de la Ley Estatal de Responsabilidades de
los Servidores Públicos y para preservar sólo lo relativo al juicio político, se creó la
Ley de Juicio Político del Estado de Colima, cuyas facultades para legislar en esa
materia se conservan en el ámbito estatal.
La nueva Ley modifica el régimen regulatorio del juicio político, fija con claridad las
etapas de su procedimiento y regula la actuación de los sujetos que intervienen en
él, señala el dictamen leído en tribuna por la Diputada Adriana Lucía Mesina Tena.
Iniciada por el Diputado Nicolás Contreras Cortés, la nueva norma consta de 37
artículos divididos en tres capítulos englobados en tres secciones y tiene cinco
artículos transitorios.