* Se modifica la Ley Sobre los Derechos de Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado de Colima.
La reforma aprobada por mayoría de 22 votos y presentada por el Diputado Arturo García Arias, Presidente de la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, en el que se modifica el Artículo 50 de la Ley Sobre los Derechos de Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado de Colima, con el fin de que las lenguas indígenas sean válidas, para cualquier asunto o trámite de carácter público, así como para acceder plenamente a la gestión, servicios e información pública.
Así mismo la Diputada Araceli García Muro, Secretaria de la Comisión de Derechos Humanos, Asuntos Indígenas y Atención al Migrante, quien también presentó el dictamen, señaló que se adicionarán un segundo y tercer párrafo, al Artículo 50 y que a letra dicen:
Las lenguas indígenas serán válidas, al igual que la lengua oficial, para cualquier asunto o trámite de carácter público, así como para acceder plenamente a la gestión, servicios e información pública. El Estado y los municipios, en consulta con los pueblos y comunidades indígenas originarias y migrantes, determinarán cuáles de sus dependencias administrativas adoptarán e instrumentará las medidas suficientes, para atender y resolver los asuntos que se les planteen en lenguas indígenas.
El Estado y los municipios tendrán disponibles y difundirán, previa presupuestación, a través de textos, medios audiovisuales e informáticos, las leyes, reglamentos, así como los contenidos de los programas, obras, servicios dirigidos a los pueblos y comunidades indígenas, en la lengua de sus correspondientes beneficiarios.
Además el Decreto señala, en los transitorios, que el Estado tendrá 180 días naturales para diseñar, elaborar y aplicar una consulta con los pueblos indígenas originarias y migrantes de la entidad, a fin de identificar cuáles son las lenguas que se hablan por los consultantes, así como las dependencias públicas que necesitan instrumentar las modificaciones para resolver la problemática.
Finalmente la reforma a la Ley Sobre los Derechos de Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado de Colima, marca que dentro de los 90 días naturales posteriores a la consulta, se deberá sensibilizar y capacitar a los servidores públicos de las dependencias administrativas que adoptarán e instrumentarán las medidas suficientes para atender y resolver los asuntos que les sean planteados en lenguas indígenas.